POLÍTICA
La Justicia procesó y embargó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses por la causa AMIA
El juez Daniel Rafecas procesó a siete ciudadanos iraníes y un libanés por el atentado terrorista a la AMIA en 1994.
21 de Septiembre de 2026
El juez federal Daniel Rafecas dictó este lunes el procesamiento a ocho ciudadanos iraníes y libaneses acusados de participar en la organización y ejecución del atentado contra la sede de la Asociación Mutial Israelista Argentina (AMIA), ocurrido el 18 de julio de 1994, al tiempo que dispuso embargos por USD 500 millones para cada uno.
Según la reconstrucción incluida en el fallo, la decisión de cometer el atentado fue adoptada en agosto de 1993 por las máximas instancias del régimen iraní y encomendada a la organización Hezbollah, que organizó su ejecución mediante una red de apoyo regional y local con base en la Triple Frontera.
En detalle, el avance en la investigación se concretó mediante la aplicación de la Ley N° 27.784, que regula el régimen de juicio en ausencia. La herramienta procesal promulgada en marzo de 2025 posibilita que la causa AMIA continúe su curso a pesar de que los sospechosos se encuentran prófugos de la justicia en el exterior.
El 18 de julio de 1994, a las 9:53 horas, un coche bomba subió a la vereda e impactó contra el frente del edificio de la AMIA, ubicado en Pasteur 633. La camioneta Renault Trafic llevaba en el furgón una combinación de nitrato de amonio, un hidrocarburo pesado, trinitrotolueno y nitroglicerina. La carga explosiva era similar a unos 350 kilos de TNT.
Desde entonces hubo varios juicios. El primero contra la llamada conexión local en donde se acusó a un grupo de policías bonaerenses de haberse llevado la camioneta bomba. Ese juicio terminó con todos absueltos: el propio tribunal sostuvo que la acusación nació de un pago “espurio e ilegal” que se había ordenado desde el juzgado y la central de inteligencia.
Con el impulso de la ley de Juicio en Ausencia, procesó como autores mediatos a Ali Fallahijan, entonces ministro de Inteligencia iraní; a Ali Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, quien era comandante de la Guardia Revolucionaria iraní; Ahmad Vahidi, comandante de la fuerza Al Quds y Salman Raouf Salman, agente libanés de Hezbollah.
Como cómplices necesarios, fueron procesados Hadi Soleimanpour, exembajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñaba como consejero cultural de la Embajada iraní, y Ahmad Asghari, señalado como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.
En su resolución, el magistrado del Juzgado Federal N°6 calificó el atentado a la AMIA como un crimen de lesa humanidad y lo encuadró también en la figura de genocidio en los términos del Derecho internacional. En rigor, los hechos fueron considerados como homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso y por el uso de un medio capaz de causar peligro común.
En caso de que los tribunales superiores confirmen el fallo el Juzgado estará en condiciones de requerir la opinión de la fiscalía, las querellas y la defensa para disponer la elevación de la causa a juicio ante un Tribunal Oral en lo Criminal Federal.
No obstante, la resolución de este lunes podrá ser apelada por la Defensa Oficial. En paralelo, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal tiene pendiente de resolución un reclamo sobre la validez constitucional del juicio en ausencia. Hubo una audiencia el 10 de septiembre para escuchar a las partes antes de dictar el fallo.
