POLÍTICA
Pese a los cambios, especialistas advierten que la Ley de Glaciares debilita la protección ambiental
Este jueves el Senado intentará darle media sanción. La iniciativa busca que sean las provincias las que determinen la relevancia de cada glaciar y que se puedan habilitar proyectos mineros en espacios hasta ahora protegidos.
26 de Febrero de 2026
Este jueves el Gobierno intentará reunir los votos para aprobar en el Senado la reforma a la Ley de Glaciares. A grandes rasgos, la iniciativa pasaría de la actual protección total a los glaciares y ambiente periglacial a una revisión en manos de las provincias que permitirá habilitar en algunos casos las actividades mineras y carburíferas.
“Una forma de honrar el respaldo que tuvimos en las urnas es continuar con nuestra agenda reformista. La modificación de la ley de los glaciares es una oportunidad histórica. La minería trae millones”, expresó La Libertad Avanza en X.
El concepto más novedoso que introduce la ley es el de “relevancia hídrica”: si se demuestra que un glaciar o un ambiente periglacial no tienen relevancia hídrica, la provincia podría habilitar actividades allí.
Especialistas dialogaron con TN y explicaron qué podría implicar dar marcha atrás con los puntos fundamentales de la ley original sancionada en 2010.
Para el director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), Pablo Villagra, la importancia de la Ley de Glaciares radica en la protección que la normativa le da a reservas estratégicas de agua dulce tanto para consumo humano como para el funcionamiento de los ecosistemas y hasta la producción en ciertas regiones. Sobre todo, en zonas en las que el desarrollo depende del agua cordillerana.
“Esto toma importancia en un contexto de cambios ambientales que ya se prevén, donde la disponibilidad de agua se ve reducida. El área protegida por la ley es de solo el 1% de la superficie cordillerana, pero su contribución a la escorrentía es alta. Por ejemplo, en Mendoza los cuerpos de hielo aportan hasta el 40% de hielo los años secos, asegurando el caudal de los ríos que sustentan la producción agrícola”, explicó.
Para Villagra, un concepto incorporado al proyecto como el de “relevancia hídrica” para determinar qué zonas son importantes para su protección no es preciso. El investigador explicó que “todos los cuerpos de hielo son reservas de agua y aportan al sistema hidrológico, ya sea en forma superficial o en la recarga de reservorios subterráneos”.
Y agregó que tampoco se dan detalles sobre la dinámica por la cual se determinará la relevancia de esas zonas: “No resulta claro en base a qué criterios las autoridades competentes podrán determinar, en el marco de las evaluaciones de impacto ambiental, si las actividades proyectadas implican una alteración relevante”. Además, remarcó que el proyecto tampoco incluye un presupuesto asignado a la realización del Inventario Nacional de Glaciares.
La modificación planteada por el gobierno, consideró, aumentará la incertidumbre sobre el futuro de los cuerpos glaciares y periglaciares ya que “los aspectos técnicos científicos quedarán subordinados a las decisiones políticas".
Consultado sobre si es posible una convivencia entre los glaciares y el desarrollo minero, Villagra señaló que la ley actual no es contraria al desarrollo de otras actividades en la región de alta montaña sino que “ordena la posibilidad de realizar actividades en ese 1% del territorio”.
Silvio Pastore, coordinador del Gabinete de Estudios de Geocriología, Glaciología, Nivología y Cambio Climático de la Universidad de San Juan, se mostró a favor de la modificación porque considera que la ley es “confusa”. “La ley asume que un Glaciar Descubierto (cuerpo de hielo) es lo mismo que un Glaciar de Escombros (cuerpo con hielo) y el término ambiente periglacial es utilizado de manera tan amplia que termina equiparándose erróneamente a un glaciar, cuando en muchos casos estamos hablando simplemente de ambientes fríos estériles desde el punto de vista hídrico", dijo.
Y aseguró que es posible determinar el rol hídrico de los glaciare: “El cómo dependerá de cada región, cada ambiente y cada organización socioeconómica del lugar”.
Más de 85 constitucionalistas y académicos enviaron una carta a la vicepresidenta Victoria Villarruel, presidenta del Senado, para advertirle que los cambios propuestos por el Poder Ejecutivo sobre la Ley de Glaciares no son modificaciones técnicas ni ajustes normativos puntuales, sino que, en caso de avanzar, afectarían “de manera directa los fundamentos constitucionales del sistema argentino de protección ambiental, poniendo en riesgo derechos colectivos de jerarquía constitucional y el andamiaje jurídico construido desde la reforma constitucional de 1994”.
El abogado constitucionalista Daniel Sabsay señaló que en caso de que avance la modificación, la única manera de revertir los perjuicios derivados será por vía judicial: “Se producen serias lesiones a la Constitución Nacional y a tratados internacionales”.
“Empieza a haber una gran presión social, principalmente en Mendoza, por los ambientes glaciares y periglaciares. Este proyecto sería muy dañino”, agregó.
Otro de los firmantes de la misiva fue el doctor en Derecho Ambiental y docente universitario Aldo Rodríguez Salas, precisamente de Mendoza, quien señaló que el “argumento federalista” de que cada provincia disponga de sus recursos fue el mismo utilizado en 2008 por la entonces presidenta Cristina Kirchner para vetar la primera ley que sancionó el Congreso al respecto.
También recordó que dos años después, en 2010, se sancionó una nueva normativa “que fue impugnada por Barrick Gold y por la provincia de San Juan, que plantearon su inconstitucionalidad con el argumento de que vulneraba el dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales consagrado en el artículo 124 de la Constitución Nacional. Sin embargo, en 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que la Ley de Glaciares es constitucional y que el dominio provincial sobre los recursos naturales debe ejercerse en armonía con el artículo 41, que obliga a la Nación a fijar presupuestos mínimos de protección ambiental”.
“El proyecto es inconstitucional por ser regresivo, es decir por violar el principio de no regresión ambiental que está en el Tratado Internacional de Escazú del que la Argentina es parte. Además no tiene ningún criterio científico o técnico, sino que los glaciares se quitarán del inventario nacional por cuestiones políticas o económicas”, opinó Enrique Viale de Asociación de Abogados Ambientalistas. Y adelantó: “Nosotros judicializaremos si se aprueba la medida por su carácter absolutamente inconstitucional”
En caso de que la modificación consiga la aprobación de ambas cámaras, para los letrados se configuraría una acción regresiva sobre la legislación ambiental. Rodríguez Salas explicó que esto no es irreversible en términos jurídicos pero sí puede serlo en cuestiones ambientales:" Si la reforma habilita actividades que hoy están prohibidas o debilita los controles sobre glaciares y ambiente periglacial, los daños que se produzcan pueden ser irreversibles. La pérdida de masa glaciar, la alteración de cuencas hídricas o la degradación de ecosistemas de alta montaña no se revierten con una sentencia judicial posterior. El derecho puede corregir normas, pero no siempre puede reparar ecosistemas“.
Las sucesivas protestas que se vienen desarrollando en Mendoza en contra de diversos proyectos mineros reflejan una preocupación latente en esa provincia. “En Mendoza la sequía ya no es un hecho aislado, sino una condición recurrente y estructural. Los glaciares cumplen un papel clave ya que aportan una parte significativa del agua que sostiene los ríos de la provincia. Cuando se encadenan varios años con nevadas escasas, el sistema hídrico depende cada vez más del deshielo glaciar para mantener los caudales y garantizar el abastecimiento”, detalló el abogado mendocino.
Y sumó: “En una provincia árida, donde la economía y la vida cotidiana dependen del deshielo cordillerano, cualquier reforma que reduzca el estándar de protección de glaciares y ambiente periglacial se percibe como un riesgo estructural”.
De los tres senadores que tiene Mendoza, dos votarán a favor de la ley: son los radicales Mariana Juri y Rodolfo Suarez que responden al Gobierno provincial, aliado de Javier Milei.
En San Juan se encuentra la asamblea Jáchal no se Toca, que se organizó en ese pueblo cuando se dieron los derrames de cianuro de la mina de Veladero que opera Barrick Gold. Fueron los principales afectados y ahora está movilizandose en contra de los cambios.
“Estamos preocupados y ocupados. Reclamamos la no modificación a la ley. Si se aprueba la ley creemos que las mineras van a hacer desaparecer del Inventario Nacional de Glaciares el glaciar que está en el proyecto Vicuña-Josemaría (G110) y eso va a tener impacto directo sobre nuestro acceso al agua. Una vez que se destruyen estas reservas estratégicas de agua nunca más se vuelven a recrear”, dijo Saúl Zeballos, miembro fundador de la Asamblea.
Saúl hace referencia al megaproyecto minero, el mayor de la Argentina, de capitales australianos y canadienses. La minera Vicuña Corp, que surgió de la fusión de BHP y Lundin, asegura que ese glaciar que está en el medio del proyecto no es hidricamente relevante, pero que no lo tocarán.
