POLÍTICA
La Justicia intimó al Gobierno a cumplir con la ley de Financiamiento Universitario
El juez federal Martín Cormick notificó al Ejecutivo para que "de efectivo cumplimiento" de la norma "en un plazo de cinco días". Por cada día de demora, podrían aplicarse multas.
22 de Septiembre de 2026
La Justicia volvió a intervenir en el conflicto por el financiamiento de las universidades públicas. El juez federal Martín Cormick intimó al Gobierno nacional a cumplir con la medida cautelar vigente vinculada con la ejecución de la ley 27.795 de Financiamiento Universitario.
La resolución estableció un plazo perentorio de cinco días para que el Poder Ejecutivo dé cumplimiento efectivo a la cautelar y advirtió que, en caso contrario, podrán imponerse astreintes, es decir, multas económicas por cada día de demora.
“En virtud de lo actuado en la causa, atendiendo a lo peticionado por la parte actora y verificándose que no existe cumplimiento total de la cautelar dictada en autos, medida que se encuentra firme, intímese al demandado Estado Nacional, Poder Ejecutivo Nacional, a que dé efectivo cumplimiento en un plazo perentorio de cinco (5) días, bajo expreso apercibimiento de aplicar astreintes por cada día de demora”, determinó Cormick en la resolución compartida. La vigencia de la cautelar ya había sido ratificada judicialmente.
El conflicto judicial se originó por la aplicación de la ley 27.795, que contempla recursos para el sistema universitario. En septiembre, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, a cargo de Cormick, también hizo lugar a una cautelar solicitada por la Universidad de Buenos Aires (UBA) y ordenó ejecutar partidas destinadas a gastos de funcionamiento, recomposición salarial, becas e investigación.
La decisión se produjo en el marco de las acciones judiciales iniciadas para exigir la implementación de la normativa. La UBA había cuestionado el Decreto 759/2025, mediante el cual el Ejecutivo promulgó la ley pero condicionó su ejecución a la determinación de las fuentes de financiamiento y la incorporación de las partidas correspondientes.
Cormick sostuvo entonces que, luego del rechazo legislativo al veto presidencial, el proceso previsto constitucionalmente para la sanción de la norma “no admitía variantes suspensivas para la aplicación de la ley”.
