Los principales cambios en la venta libre de medicamentos tras la disposición que oficializó el Gobierno
Podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados, como farmacias;
Los fármacos deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y solo a personas mayores de 18 años;
La edad será constatada con el DNI al momento de abonar;
Las personas podrán acceder sin presencia de los farmacéuticos a aquellos destinados a la higiene o estética de las personas, y a los que se le asignen propiedades desinfectantes, profilácticas, insecticidas u otras análogas;
Los establecimientos que no estén habilitados como farmacias, la expensa estará limitada a los antiácidos y los analgésicos.
La medida será aplicable sólo en locales que cuentan con góndolas al público, según lo estipula el Decreto 1024.
Los principales puntos de la resolución del Gobierno sobre el expendio de medicamentos de venta libre
Los medicamentos de venta libre van a pasar a estar disponibles en góndolas, lo que permite a la gente elegir marca de laboratorio y precio sin necesidad de un farmacéutico. Todos van a poseer sus respectivos prospectos.
La medida busca proteger al consumidor y garantizar un trato fehaciente y veraz de la información que asegure la libertad de elección.
El objetivo central es terminar con la asimetría de la información y que los consumidores puedan ver las diferencias de precios entre las diferentes marcas y optar por la que considere más conveniente.
Las farmacias tendrán 60 días para adoptar las medidas necesarias para su implementación.
Los establecimientos que no estén habilitados como farmacias podrán vender antiácidos y analgésicos.
Los medicamentos de venta libre sólo podrán ser adquiridos por personas mayores de 18 años, lo que será constatada con DNI.
Los decretos 70/23 y 63/24 establecen una comercialización diferenciada de medicamentos bajo receta o de venta libre a fin de optimizar las condiciones de su comercialización.
El Gobierno habilitó que los medicamentos de venta libre sean exhibidos en las góndolas de las farmacias. De esta forma, las personas podrán acceder a ellos sin intermediación del farmacéutico. Antes, el expendio de este tipo de fármacos debía ser entregado por un profesional de farmacia.
La medida fue dispuesta a través del decreto 1024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial y lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Salud, Mario Lugones. Rige desde este miércoles 20 de noviembre.
“Los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios”, dicta los considerandos.
En tanto, aclara que aquellos establecimientos que no estén habilitados como farmacias, “la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos”.
Con los cambios en la forma de comercialización, para la adquisición de este tipo de fármacos sin receta “sólo será necesario” acercarse al sector correspondiente, que estará debidamente señalizado en todas las farmacias.
La normativa aclara que “los medicamentos deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años”.
Con respecto a la venta y despacho de especialidades médicas que requieran recetas, estas “deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar)”.