TELECREATIVA
16 de septiembre de 2025 -
POLÍTICA

La Cámara Nacional Electoral prohibió que Cristina Kirchner vote en octubre

La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo que permitía a la expresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, de emitir su voto en octubre.
La Cámara Nacional Electoral revocó el fallo que permitía a la expresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, de emitir su voto en octubre.
La Cámara Nacional Electoral este lunes revocó el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, y definió que la expresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, no podrá votar en las elecciones del próximo 26 de octubre.

En ese sentido, la Cámara Nacional Electoral decidió dejar sin efecto la decisión que mantenía a Cristina Kirchner en el padrón y ordenó aplicar la inhabilitación electoral que sostuvo el Ministerio Público Fiscal desde el comienzo de la causa Vialidad, por la cual la titular del Partido Justicialista afronta seis años de prisión domiciliaria y la inhabilitación a ocupar cargos electos de por vida.

Este fallo judicial tiene su antecedente en el dictamen del fiscal nacional electoral Ramiro González, que había sostenido que, hasta que el Congreso de la Nación no ejecute una reglamentación para el caso de los inhabilitados para ejercer cargos públicos, Cristina Kirchner no podría estar en el padrón.

A principios de agosto, la jueza Borruto había declarado que los artículos 19 inciso 2° del Código Penal y el 3 inciso e del Código Electoral Nacional, eran “inconstitucionales“. El primero, detalla que la inhabilitación de forma perpetua incluye “la privación del derecho electoral”, mientras que el segundo deja fuera del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.

No obstante, el fiscal Julio César Zarate presentó un recurso de apelación contra la postura de Borruto, alegando que los fallos citados por la jueza de Río Gallegos no apoyaban la inclusión de Cristina Kirchner en el padrón electoral. A raíz de esto, comenzó un debate judicial sobre la interpretación de ambos artículos en pugna.

En el fallo dictado este lunes, la Cámara Nacional Electoral recordó el caso conocido como “Procuración Penitenciaria”, acontecido en 2016, donde el Tribunal declaró que los artículos que limitaban el derecho a votar de personas con condenas penales eran inconstitucionales.

En ese año, la Cámara Electoral solicitó al Congreso de la Nación que revise las normas sobre este asunto, e insistió que es tarea del Legislativo regular el derecho al voto de los individuos que enfrentan tanto una condena como así también una inhabilitación.

A falta de respuestas desde el Congreso, en 2022 la Corte Suprema de Justicia decidió sobre un reclamo similar en el caso “Orazi“, que abrió la puerta a rehabilitar a los excluidos del padrón. Ese hecho, marcó un precedente ya que desde aquel momento la Cámara Nacional Electoral comenzó a analizar expediente por expediente.

Con estos lineamientos, la Cámara Nacional Electoral sostuvo que la jueza Borruto no consideró ninguno de los requisitos que se empezaron a tener en cuenta desde el caso Orazi, como el delito que motivó la inhabilitación o las circunstancias que atraviesa el condenado. Este dato es clave, dado que Cristina Kirchner cumple condena en su departamento en la Ciudad de Buenos Aires, pero ella vota en Santa Cruz.

Por tales motivos, la Cámara decidió que Cristina Kirchner no votará en octubre, por lo que por primera vez desde el regreso a la democracia habrá un padrón definitivo sin el nombre de la exPresidente de la Nación.

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